Aquí se encuentra la normativa vigente referida a bibliotecas escolares, del sistema educativo de la Pcia. de Buenos Aires. Su desconocimiento, ha distorsionado la función real de las mismas, así como las tareas inherentes al puesto de trabajo del bibliotecario. Conocerla, difundirla y respetarla será la forma de revertir lo antes dicho.
martes, 21 de agosto de 2012
martes, 5 de junio de 2012
jueves, 17 de mayo de 2012
Acuerdo Paritario del 6/10/09 Acceso a concursos del BIE
Dicho acuerdo, habilita a participar en las pruebas de selección a los BIBLIOTECARIOS, preceptores y ematp en igualdad de condiciones que los profesores y maestros. Reconociendo así, el histórico reclamo, de los derechos del bibliotecario a acceder a concurso de cargo directivo con carácter de titular, siempre que posea título docente habilitante.
ACUERDOS PARITARIOS FIRMADOS POR EL DIRECTOR GRAL. DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PCIA. DE BS. AS., PROF. MARIO N. OPORTO Y LA MESA DE ACUERDOS DE PARITARIAS
ACUERDOS PARITARIOS DEL 6/10/09
- Interrupción de licencia anual ordinaria (vacaciones) en casos específicos.
- Reconocimiento de 2 días hábiles por año para exámenes médicos preventivos..
- Reconocimiento de días de licencia para tratamiento de fertilidad asistida.
- Ante la falta de prestataria, se acuerda la suspensión del cómputo de licencias encuadradas por 114.a.2, para los pedidos tramitados antes del 30 de setiembre del 2009.
- Creación de comités mixtos de salud y seguridad laboral.
- A partir del 1º de octubre del 2009 los docentes, cuya carga horaria sea de 8 hs diarias ( jornada completa, doble escolaridad y jornada extendida) percibirán el 100% adicional del básico correspondiente a su cargo.
- A partir del 1º de octubre del 2009, los maestros domiciliarios e integradores cobrarán, en concepto de movilidad, una suma fija según las siguientes categorías: corta ($95), media ($ 123) o larga distancia ($ 171), a lo largo de todo el ciclo lectivo.
- Se acuerda que, en relación a los cargos jerárquicos transitorios , los listados tendrán vigencia por 2 años o hasta la convocatoria al concurso de titulares; además se incorpora la conformación de listados para cargos de inspectores, secretarios de asuntos docentes y secretarios de jefatura.
- Se reconoce el derecho del PR, BI y EMATP a acceder a concurso con carácter de titular, siempre que posean título docente habilitante.
- Se define que en el caso de la cobertura de una dirección con grupo a cargo, se exigirá el titulo habilitante para el cargo de base para el nivel o modalidad al cual aspira.
- Se decide elaborar una propuesta de modificación del art. 11 del Estatuto (escalafón), en un período máximo de 45 días.
- Se acuerda el marco específico del puesto de trabajo de PR de Inicial y Especial
- En relación a los MEP transferidos, cuyos cargos no fueron homologados, desempeñarán a partir del 1º de noviembre del 2009 una carga horaria de 12 hs semanales con índice de 1,1.
- En relación a Formación Profesional, se acuerda que las coberturas de cargos jerárquicos transitorios se realizarán según lo establecido en la Resolución 68/97.; asimismo se establece que en un plazo no mayor de 60 días, se trabajará en la regularización de la situación de los instructores de FP.
- En relación a los representantes de los tribunales de clasificación central y descentralizados, cuya remuneración fuera menor a la del secretario de asuntos docentes, se acuerda que percibirán la diferencia a partir del 1º de octubre de 2009..
Firmados estos acuerdos se resolvió:
– dar continuidad al trabajo de la comisión técnica de condiciones laborales, a fin de avanzar en:
a) el tratamiento del Cap XIV de los ascensos, Ley 10579, y la descripción de los puestos de trabajo de cargos jerárquicos
b) el puesto de trabajo de BI y PR, por especificidades de cada nivel o modalidad
c) situación de los docentes a cargo de los SEIM
viernes, 23 de marzo de 2012
Suscribirse a:
Entradas (Atom)